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Conceptos Básicos de Consejo Comunal
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Consejo Comunal: Organización Comunitaria, con
el fin de ejecutar los deberes, derechos
y todo tipo de política para el
beneficio de todos los habitantes de la comunidad. Es la instancia de
participación, articulación e integración de los diferentes grupos
comunitarios, grupos sociales y los ciudadanos que permiten al pueblo
organización ejecutar de manera inmediata las políticas públicas y los
proyectos orientados.
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Comunidad: Núcleo básico indivisible constituido por personas y familias que
habitan en una ámbito geográfico determinado; que están relacionados por unas serie de cualidades e intereses en común. Comparten una serie de necesidades
y potencialidades en el ámbito cultural, social, político, territorial y de
cualquier otra índole.
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Área Vecinal: Ámbito de gestión que se
constituye en relación con las particularidades, potencialidades y
problemas más relevantes de la comunidad.
El número y contenido de las áreas de trabajo solo depende de la realidad, las prácticas
tradicionales, las necesidades colectivas y las diferentes costumbres de cada
comunidad.
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Densidad Poblacional: Se refiere al número de habitantes dentro del
ámbito geográfico que integra una comunidad. Para definir un consejo comunal se
debe regir por los siguientes datos, una comunidad urbana consta de 150 a 400
familias, comunidad rural a partir de 20 familias y la comunidad indígena a
partir de 10 familias; manteniendo la indivisibilidad de la comunidad y garantizando
el ejercicio del gobierno comunitario y la democracia protagónica.
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Espacios Territoriales: Es el territorio que ocupan los habitantes de la
comunidad, cuyos límites geográficos se establecen en la asamblea de ciudadanos
y ciudadanas de acuerdo con sus particularidades y considerando la base
poblacional de la comunidad.
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Mancomunidad:
Asociación
libre de personas y municipios dentro de un marco jurídico nacional, cuya unión
debe estar bajo un convenio aprobado por los consejos municipales y gobernación
con el fin de realizar legalmente los planes programas y proyectos que tengan a
fines.
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Parroquia: Unidad política territorial de menor rango, donde se dividen los
municipios. Existen 2 tipos de parroquias: La urbana: Posee un aproximado de 50.000
habitantes y esta dedicada al desarrollo habitacional industrial y comercial. A
diferencia; La rural posee menos de 50.000 habitantes y su territorio está
dedicado solo a la producción agropecuaria y de reserva natural. Quien se
encarga de su división administrativa se le denomina Prefecto quien es elegido
por el alcalde del municipio correspondiente a la parroquia.
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Poder Popular: Ejercicio
soberano por parte de un pueblo político, económico, social, cultural,
ambiental e internacional y todo tipo de ámbito para el desenvolvimiento y
desarrollo de la sociedad es por ello que se dividen en 5 importantes poderes,
tales como: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Ciudadano y Electoral.